El Ministerio de Infraestructura y Transporte ha emitido una circular que extiende las directivas de la circular anterior n. 3973 de 1997 que preveía la exención del pago del peaje solo para transporte de rescate y emergencia.
La nueva circular estableció que los vehículos que transportan pacientes que no están en emergencia están exentos de pagar el peaje, siempre que el transporte se realice de forma totalmente gratuita, sin ninguna forma de pago (ni siquiera como reembolso de gastos).
De lo contrario, las asociaciones deben pagar el peaje..